Verifactu se retrasa a 2028: el control horario sigue siendo obligatorio
Verifactu se retrasa a 2028: el control horario sigue siendo obligatorio
Verifactu se aplaza, pero el control horario noEl Ministerio de Hacienda ha decidido posponer hasta octubre de 2028 las obligaciones pendientes del Re...
Verifactu se aplaza, pero el control horario no
El Ministerio de Hacienda ha decidido posponer hasta octubre de 2028 las obligaciones pendientes del Reglamento de sistemas informáticos de facturación, conocido como Verifactu. El objetivo es coordinar su entrada en vigor con la factura electrónica obligatoria para empresas y autónomos con facturación anual inferior a ocho millones de euros. Antes de este cambio, Verifactu estaba previsto para enero de 2027 en determinados casos y julio de 2027 para otros. Ahora hay más margen para adaptar los sistemas de facturación, pero conviene no confundir ámbitos: este aplazamiento afecta a lo fiscal, no a las obligaciones laborales de registro de jornada.

Muchas pymes y empresas en España se preguntan si el retraso de Verifactu también pospone la nueva normativa de control horario. La respuesta es clara: no. Verifactu pertenece al ámbito tributario y de facturación, mientras que el registro horario se regula a través de la normativa laboral y del Estatuto de los Trabajadores. Son normas independientes, con calendarios distintos y objetivos diferentes.
El registro de jornada ya es obligatorio desde 2019
Desde mayo de 2019, el artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores establece que las empresas deben garantizar el registro diario de la jornada de cada persona trabajadora, con la hora concreta de inicio y finalización. Además, los registros deben conservarse durante cuatro años y estar a disposición de los trabajadores, sus representantes legales y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Esto significa que ninguna empresa debe esperar a la futura normativa de registro horario digital para empezar a controlar la jornada de su plantilla. Fichar ya es obligatorio. Lo que pretende cambiar la nueva regulación es, principalmente, cómo debe realizarse ese registro y qué garantías debe ofrecer el sistema utilizado.
Qué busca cambiar el nuevo registro horario digital
El Ministerio de Trabajo lleva tiempo trabajando en un desarrollo reglamentario del registro de jornada. Entre los objetivos planteados está mejorar las garantías de objetividad, fiabilidad, trazabilidad y accesibilidad del registro. El proyecto también contempla aspectos como la identificación de las interrupciones de la jornada, el control sobre las modificaciones realizadas en los registros o el acceso a la información por parte de trabajadores, representantes e Inspección de Trabajo.
La digitalización juega un papel fundamental en este planteamiento. El propio proyecto del Ministerio contempla la posibilidad de exigir registros electrónicos con mecanismos de identificación, control de cambios y acceso telemático. Sin embargo, mientras el Real Decreto no sea definitivamente aprobado y publicado en el BOE, no deben presentarse estos requisitos como obligaciones generales ya vigentes. Lo que sí está vigente es la obligación de registrar la jornada.
A fecha de hoy, el nuevo Real Decreto sobre registro de jornada todavía no ha sido aprobado ni publicado en el BOE. El Ministerio de Trabajo continúa con su tramitación y ha manifestado su intención de intentar desbloquear su paso por el Consejo de Ministros. Por tanto, es importante distinguir entre dos conceptos: una cosa es que la futura regulación del registro horario digital todavía esté en tramitación, y otra muy distinta que actualmente no exista obligación de registrar la jornada. La obligación ya existe.
Por qué no conviene esperar al nuevo Real Decreto
Confiar en que el retraso de Verifactu arrastra también el control horario es un error que puede salir caro. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social puede requerir los registros de jornada en cualquier momento, y la ausencia de un sistema fiable de fichaje puede derivar en sanciones. Además, la normativa de protección de datos (RGPD y LOPDGDD) exige tratar la información de los empleados con las garantías adecuadas, algo que un registro manual en papel difícilmente cumple.
En la práctica, muchas pymes de Lleida, Barcelona, Tarragona o Girona ya han digitalizado el fichaje para evitar fricciones y ganar tranquilidad. La clave no es esperar a que se publique el nuevo texto, sino disponer de un sistema que registre la jornada de forma objetiva y que pueda adaptarse a los requisitos que finalmente apruebe el Gobierno.
Cómo debe ser un sistema de fichaje preparado para el futuro
Un software de control horario bien planteado debe cubrir las necesidades actuales y anticipar las exigencias que probablemente lleguen con el nuevo reglamento. Estas son las características que conviene exigir:
- Registro fiable e inalterable: cada fichaje debe quedar sellado con fecha y hora, y cualquier modificación posterior debe quedar trazada.
- Fichaje desde el móvil o la web: los empleados deben poder registrar su jornada desde cualquier dispositivo, con identificación clara.
- Informes listos para Inspección: exportación de registros en formatos claros, con los datos exigidos por la normativa laboral.
- Control de interrupciones y pausas: posibilidad de registrar descansos, desplazamientos o interrupciones de la jornada.
- Acceso para trabajadores y representantes: consulta de sus propios registros y de los de sus representados, según corresponda.
- Cumplimiento del RGPD y LOPDGDD: tratamiento de datos personales con base jurídica adecuada y medidas de seguridad.
- Conservación durante cuatro años: los registros deben mantenerse disponibles durante el plazo legal.
Un sistema de fichaje que cumpla estos puntos no solo responde a la obligación actual, sino que estará preparado para los cambios que introduzca el futuro Real Decreto. La digitalización del control horario es, además, una oportunidad para reducir errores, agilizar la gestión de nóminas y evitar conflictos laborales.
Conclusión: no confundas el calendario fiscal con el laboral
El aplazamiento de Verifactu a 2028 no altera la obligación de registrar la jornada laboral. Esta obligación existe desde 2019 y sigue plenamente vigente. La futura normativa de registro horario digital añadirá garantías y probablemente exigirá sistemas electrónicos, pero mientras no se publique en el BOE, las empresas deben seguir cumpliendo con lo que ya está en vigor.
Si gestionas una pyme o una empresa con empleados en España, lo más sensato es implantar cuanto antes un sistema de control horario que sea fiable, accesible y conforme a la normativa. Así evitarás sustos con la Inspección y estarás listo para adaptarte sin prisas a lo que venga.
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